¿Puedo solicitarla si soy autónomo?
Sí puede estudiarse para una persona física con actividad empresarial. Hay que revisar los requisitos y las circunstancias de la insolvencia.
Si tus deudas superan lo que puedes pagar, conviene estudiar la situación completa. La Segunda Oportunidad puede permitir una exoneración en los supuestos previstos legalmente, pero exige revisar requisitos y consecuencias.
Consultar con el despachoPedimos una relación de acreedores, importes, ingresos, gastos y patrimonio. También analizamos embargos, garantías, avales y procedimientos abiertos. Esa información permite comprobar si la vía concursal es adecuada y qué alternativas existen. La Segunda Oportunidad no es una cancelación automática de todas las deudas: el alcance depende de la naturaleza de los créditos y de las condiciones legales.
La exoneración puede plantearse para personas físicas, sean o no empresarias, dentro del marco de la Ley Concursal. Debe comprobarse la buena fe en el sentido legal y si concurren circunstancias que impidan acceder al mecanismo. Una sociedad no obtiene esta exoneración por la misma vía que una persona física. Si hay actividad profesional, revisamos también las obligaciones vinculadas al negocio y la documentación fiscal disponible.
Estudiamos las vías con plan de pagos o con liquidación según la situación. La conservación de la vivienda no puede prometerse sin analizar cargas, valores y viabilidad. Determinadas deudas están excluidas o sujetas a límites, y los derechos frente a avalistas o codeudores necesitan un examen separado. Explicamos qué se solicitaría, qué obligaciones podrían mantenerse y el coste del procedimiento antes de decidir.
Si te falta algún documento, indícanos cuál. Comenzaremos por identificar lo urgente y la información disponible.
Sí puede estudiarse para una persona física con actividad empresarial. Hay que revisar los requisitos y las circunstancias de la insolvencia.
No necesariamente. Existen exclusiones y límites legales; el estudio debe identificar qué créditos podrían exonerarse.
Depende de la situación patrimonial, las cargas y la vía elegida. No puede garantizarse antes de analizar el expediente.
Responsable del área: Cristina Hernández Canossa, abogada ejerciente desde 2013, ICASAL n.º 3098, con experiencia previa de más de siete años como jueza sustituta. El despacho está en C/ Torres Quevedo, 27, bajo/local, Salamanca.
Antes de asumir el asunto comprobamos su alcance y los posibles conflictos de intereses, y acordamos los honorarios. La viabilidad y el resultado dependen de los hechos y de la documentación.
Referencia normativa: Ley Concursal, texto consolidado en el BOE.
Indícanos el asunto y si hay una fecha o un plazo próximo. No envíes documentación sensible hasta que acordemos cómo recibirla.